El juez imputa a los responsables de las bodegas Félix Solís y García Carrión por estafa en la venta de vinos

La Audiencia Nacional ve indicios de delito en la comercialización de vinos de crianza, reserva y gran reserva que no cumplían con los requisitos de elaboración de los mismos, ni en periodo mínimo de envejecimiento ni en la permanencia en barrica de roble ni en botella de las bodegas Félix Solís, Félix Solís Yáñez y García Carrión. La causa se sigue por presuntos delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental.

Según el comunicación emitido hoy por el Poder Judicial, el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha citado como investigados al consejero delegado y presidente del Consejo de Administración de las bodegas Félix Solís, Félix Solís Yáñez, y al administrador único de García Carrión, José García Carrión Jordán, para que declaren en la causa relativa a la comercialización, entre 2017 y 2019, como crianza, reserva y gran reserva de vinos que supuestamente no cumplían los requisitos de elaboración, ni en periodo de envejecimiento ni en la permanencia en barrica de roble ni en botella.

José García Carrión Jordán esté citado para el 4 de diciembre, a las 9 horas, mientras que Félix Solís Yáñez deberá prestar declaración una semana más tarde, el día 11, a la misma hora.

En un auto, el magistrado también acuerda dirigir el procedimiento como personas jurídicas contra las entidades certificadoras Sohiscert y Liec Agroalimentaria por cuanto podrían haber actuado como presuntas cooperadoras necesarias de los ilícitos penales investigados en este procedimiento.

Según el auto al que ha tenido acceso Agroalimentaria, el juez realizó varios requerimientos de entrega de documentación a las bodegas mediante resoluciones del  julio de 2022 y noviembre de 2021, “sin que por algunas de las mercantiles requeridas hayan presentado la documentación solicitada”, por lo que “se acuerda reiterar a dichas mercantiles la remisión de dicha documentación a la mayor brevedad y, en todo, caso antes del día 31.01.2023. Todo ello con apercibimiento al representante legal de las mercantiles requeridas de que transcurrido dicho plazo sin verificarlo, ni justificar causa que lo impida, podrían incurrir en el delito de desobediencia grave a la autoridad”.

De acuerdo con la documentación analizada, y según señala el auto, en el caso de Félix Solís se pone de manifiesto que los investigados “han llevado a cabo una comercialización de vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas con las menciones crianza, reserva y gran reserva, en cantidades muy superiores a la declaradas al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Valdepeñas, durante el periodo correspondientes a los años 2017, 2018 y 2019, introduciéndolo en el tráfico económico”.

Dicha documentación, añade, “evidencia una falta de concordancia entre los datos proporcionados por los diferentes organismos involucrados en la producción, control y certificación, que hace poner en duda la veracidad de la información proporcionada por los investigados, con independencia de la posible participación en los hechos del resto de operadores que intervienen en este proceso”.

Concretamente, “la apuntada disfunción aparece del análisis de los datos relativos a las existencias de vino, salidas declaradas, declaraciones de aptitud, y parque de barricas. De esta manera, señala, al inicio del año 2017 los investigados tenían una cantidad considerablemente mayor de vino que la declarada al Consejo Regulador, ascendiendo la diferencia a 914.988 litros. Además, disponían de 605.480 litros de vino de reserva por encima de lo comunicado al Consejo Regulador”.

Por otra parte, expone el juez, “aparece una diferencia de 4.608.437 litros entre las salidas declaradas al Consejo Regulador y la comercialización a trece empresas del territorio nacional. Concretamente, el vino reserva presenta un descuadre de 3.767.884 litros. Respecto a los datos facilitados a requerimiento judicial esta diferencia alcanza los 15.621.492 litros”.

El juez señala que, al igual que con el anterior grupo de investigados, la documentación presentada, así como obtenida a través del Consejo Regulador, de la entidad certificadora Liec Agroalimentaria y de trece mercantiles compradoras, “pone indiciariamente de manifiesto que García Carrión SA y Grupo Vinartis SA y José García Carrión también habrían comercializado vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas sin cumplir con los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble, ni en botella”.

Apunta que “la comparación entre los datos de declaración de aptitud proporcionados por estos investigados y la cantidad de vino comercializado a trece sociedades del territorio nacional pone de manifiesto que, en relación con los caldos con mención gran reserva 2018, se habrían comercializado más litros de los declarados como aptos, existiendo una discrepancia de más de seis millones de litros entre los datos de declaración de aptitud del Consejo Regulador y los litros comercializados por la bodega en el periodo 2017/2019”.

Señala que “queda patente la existencia de una significativa falta de concordancia entre los datos proporcionados por los diferentes organismos implicados en la producción, control y certificación de los vinos Denominación de Origen Valdepeñas, esto es, investigados, Consejo Regulador, y entidad certificadora, en este caso Liec Agroalimentaria".

Señala también que “en cuanto a su capacidad productiva, los datos evidencian, un insuficiente número de barricas para el necesario envejecimiento del vino comercializado, lo que constituye otro importante indicio de la comisión de los hechos imputados, ya se parta de los dispares datos facilitados por el consejo regulador, entidad certificadora, e investigados”.

El juez acuerda dirigir el procedimiento también contra las certificadoras Sohicert SA. Y Liec Agroalimentaria SL por cuanto podrían haber actuado presuntamente como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados. “Ello, por cuanto la emisión de certificados de aptitud a sabiendas de que los datos en aquellos contenidos no se ajustan a la realidad, constituirán una aportación necesaria para la ejecución de los delitos objeto de investigación”, aclara.

En el caso de Liec Agroalimentaria, por ejemplo, según expone el auto, entre 2019 y 2020 tramitó ante el Consejo Regulador declaraciones de aptitud por un volumen de aproximadamente 23.000.000 litros de vino envejecido. “No obstante, tal y como consta en los registros de la Denominación de Origen, no dispone de las barricas necesarias para producir esta cantidad en ese periodo de tiempo”.

El instructor pide a la Fiscalía que se pronuncie sobre la posibilidad de decretar el sobreseimiento de la causa para las bodegas Navarro López y Fernando Castro, así como para sus representantes, dado que tras el examen de la documentación no se puede inferir que dichos investigados hubieran participado en una actividad ilícita en cuanto a la producción de vino bajo la Denominación de Origen Valdepeñas, al haber resultado negativos todos y cada uno de los marcadores utilizados para dicha inferencia.

Además, la resolución acuerda tomar declaración como testigo, el 23 de noviembre, al consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 2015 a 2019 y desde entonces consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo.

La querella de la Fiscalía se admitió a trámite la querella de la Fiscalía en abril de 2021 y desde entonces se han practicado una serie de diligencias dirigidas a determinar la naturaleza de los hechos y las personas que hubieran participado, entre ellas informes policiales, documentación de las mercantiles investigadas, datos de la Denominación de Origen Valdepeñas a las que pertenecen las bodegas, se han recabado informes de ventas de vino, además de otras entidades e instituciones. 

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