Back to Top

Tenedores, pendientes o relojes: las obras de arte incautadas por el franquismo pertenecían también a la vida doméstica
En caso de hacerlo, podrán presentar su registro en la institución, que se ha comprometido a proceder al estudio de cada uno para llevar a cabo su devolución.

La lista de objetos incluye igualmente joyas, vajillas, cerámicas, piezas textiles, cuadros, esculturas, mobiliario y ornamentos litúrgicos; y la mayoría de ellos provienen de incautaciones realizadas por la Junta de Incautación y Protección del Patrimonio Artístico creada por el Gobierno de la Segunda República para salvaguardar temporalmente los bienes artísticos de los daños de la guerra. A través de ella se coordinaron las Juntas Delegadas repartidas por todo el país, especialmente en Guadalajara, Toledo, Ciudad Real, Cuenca y Jaén.

La de Madrid se situaba en el convento de las Descalzas Reales, que se estableció como depósito de almacenamiento temporal junto a otros lugares como el Museo Arqueológico, el Museo del Prado o San Francisco El Grande. Los bombardeos en la capital provocaron el traslado de piezas a otros espacios como Girona, Barcelona, Valencia, Cartagena y Ginebra.

El bando sublevado, por su parte, creó en enero de 1937 el Servicio de Recuperación Artística y, posteriormente, el Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional (SDPAN) para recoger y proteger las obras e informar sobre el estado de los monumentos que se encontraban en las zonas ocupadas por sus tropas. Este fue el órgano encargado del retorno de los bienes custodiados en la Sociedad de Naciones de Ginebra en septiembre de 1939. Después de la toma de Madrid, la Junta Delegada de Incautación entregó todos los bienes al Servicio de Defensa. Tras registrar otros espacios y domicilios particulares, este organismo obtuvo piezas que fueron custodiadas en depósitos, donde se procedió a fotografiarlos y catalogarlos, a la espera de ser reclamados.

Estatuas de piedra recogidas por la Junta y depositadas en San Francisco el Grande, primeros de septiembre de 1937 Estatuas de piedra recogidas por la Junta y depositadas en San Francisco el Grande, primeros de septiembre de 1937

Las primeras devoluciones comenzaron en mayo de 1939. El inventario era publicado en el BOE o en la prensa, indicando los plazos de reclamación. Más adelante se organizaron grandes exposiciones públicas, como las celebradas en el Palacio de Exposiciones del Retiro en 1940 y 1941. En enero de 1940 se publicó una Orden que concedía un plazo máximo de tres meses para la retirada de los objetos de los almacenes del Servicio de Recuperación. A su término, de no haberse hecho cargo de las pertenencias, se entendía que renunciaban a ellas.

A partir de ahí, comenzaron las entregas de objetos en depósito a distintos organismos públicos de toda España, además de la Iglesia. En paralelo se crearon los Juzgados Gubernativos para atender las reclamaciones de los bienes recuperados procedentes principalmente de las cajas de seguridad de distintos bancos, cuya labor se dio por terminada en 1963. Los bienes no recuperados fueron declarados propiedad del Estado. De ahí a que todavía hoy algunos museos e instituciones, incluida la Iglesia, custodien piezas identificadas con la etiqueta de incautación de la Junta cuya procedencia original se desconoce. Entre ellas la Biblioteca Nacional, que conserva más de 6.000 piezas robadas durante el franquismo.

Dónde están las piezas incautadas

La auditoría realizada por la cartera dirigida por Ernest Urtasun ha permitido localizar piezas que no fueron devueltas durante la dictadura franquista y acabaron siendo depositados en los actuales museos estatales, gestionados por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.

En total han sido nueve las pinacotecas dependientes del Estado las que han identificado este tipo de obras dentro de sus fondos. A la cabeza se sitúa el Museo Nacional de Artes Decorativas con un total de 1.705, seguido del Museo Nacional del Romanticismo con 1.495 y el Museo Arqueológico Nacional con 1.156. Por debajo del millar se sitúan el Museo del Traje (826); y al final de la lista el Museo de América con seis y el Museo Sorolla de Madrid con una. Con la investigación que ha permitido la publicación del inventario, el Ministerio cumple el mandato marcado por la Ley de Memoria Democrática.

Más de 5.000 bienes incautados

El catálogo digital de los bienes identificados por el Ministerio de Cultura, en el que continúan trabajando, incluye fotografías de las piezas y recoge las fuentes documentales que explican su depósito. Una de las cerámicas que forma parte del catálogo de más de 5.000 obras es una jarra de cerámica realizada con torno que data del año 300 a.C., que conserva el Museo Arqueológico Nacional. Está decorada con tonos vinosos en toda su superficie, a base de motivos geométricos.

El objeto pertenece a la colección de Carlos Walter Heiss, residente en Madrid en las primeras décadas del siglo XX, y que agrupó obras de diversas épocas, fundamentalmente de la Segunda Edad de Hierro. La investigación de los fondos de la institución que lo alberga ha desvelado que en 1934 ofreció en venta, mediante carta dirigida a la Dirección General de Bellas Artes, un lote de cerámica formado por 81 vasos ibéricos. Tras los informes favorables de la Academia de Bellas Artes de San Fernando y el propio museo, se acordó la adquisición del conjunto, dado que contenía algunos títulos de gran calidad. Sin embargo, la compra no llegó a formalizarse.

Jarra realizada en cerámica, ubicada en los fondos del Museo Arqueológico Nacional Jarra realizada en cerámica, ubicada en los fondos del Museo Arqueológico Nacional

No fue hasta 1941 cuando se volvió a tener información sobre la colección, cuando el Servicio de Recuperación del Patrimonio Artístico Nacional y la Comisaría General del Patrimonio Artístico Nacional entregaron al Museo Arqueológico, en calidad de depósito, dos lotes identificados como la citada colección, según consta en la documentación conservada. Su origen, según se informa a través del inventario, “hace pensar que las piezas proceden de una incautación”. Los trabajos de documentación e investigación continúan su curso para completar la correcta identificación del resto de obras pertenecientes a Heiss.

Entre los cuadros incluidos en el inventario está un óleo de Eugenio Lucas Villaamil (1858-1918) que representa la romería de San Isidro en Madrid y que fue pintado entre 1880 y 1890. El cuadro perteneció a Pedro Rico López (1988-1957), un abogado y político republicano español, alcalde de Madrid en dos ocasiones, que logró exiliarse a Francia tras huir de la capital asediada en 1936. Su colección de arte, archivo y biblioteca fueron incautados en 1938.

Lienzo de Eugenio Lucas Villaamil que retrata la Romería de San Isidro Lienzo de Eugenio Lucas Villaamil que retrata la Romería de San Isidro

En concreto, contaba con 25 obras de arte (23 pinturas y dos dibujos) atribuidas a diversos autores de la escuela española del siglo XIX que incluye otros nombres como Ángel Lizcano y José Jiménez Aranda. Dos de esas 25 obras, también de Eugenio Lucas Villaamil, están en el Museo del Prado. Y cinco de ellas, que estaban en posesión del Cabildo de Gran Canaria, están en proceso de restitución.

A partir de 1941, el Servicio del Patrimonio Artístico Nacional (SDPAN) depositó parte de sus obras en instituciones de Madrid, Valencia, Las Palmas, Segovia y Oviedo. El cuadro señalado sobre la Romería de San Isidro es una de las piezas del expediente del que se ha podido contrastar su ubicación real. Caso contrario al de otros títulos custodiados por el Instituto del Patrimonio Cultural de España, a la espera de lograr culminar el mismo procedimiento.

Acta de incautación de Pedro Rico Acta de incautación de Pedro Rico

El lienzo de Eugenio Lucas Villaamil aparece también en el tercer Libro del Inventario de Cuadros de la Junta Republicana. Manuel Casamar Pérez, experto en arte islámico, cerámica y otras artes decorativas, que ejerció de asesor nacional de Museos, fue quien la entregó al Museo Romántico en octubre de 1978. Allí fue expuesto en la Sala de Restauración durante la década de los ochenta y de los noventa.

Cómo solicitar la devolución de las piezas

Una vez elaborado el inventario, el Ministerio de Cultura solicitó un informe a la Abogacía General del Estado que permitiera determinar cómo proceder a la devolución de estos bienes. Para ello, ha tenido en cuenta las cuestiones jurídicas implicadas en el proceso, que permitan dotar de todas las garantías necesarias tanto al Estado como a los eventuales titulares.

Para poder llevar a cabo el procedimiento, el primer paso es clarificar jurídicamente con carácter previo si se ha producido usucapión por parte del Estado de los mismos. Este término hace referencia a cuando alguien puede convertirse en propietario de una cosa por la posesión continuada de la misma durante un largo periodo de tiempo y unas condiciones establecidas legalmente. El informe señala que será necesario un análisis caso a caso para determinar si esta posesión ha sido “en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida”.

Para aprobar la devolución de las piezas, el texto indica que los reclamantes deberán cumplir una serie de requisitos como acreditar la titularidad dominical (derecho exclusivo de usar, disfrutar y disponer de la propiedad de acuerdo con la ley) sobre los objetos inventariados, así como la identificación lo más detallada posible del bien reclamado.

Cron Job Starts