La sentencia, cuyo recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid ya ha anunciado la defensa del exbanquero, establece que la propiedad del cuadro sea del Estado, en aplicación del artículo 29 de la Ley de Patrimonio Histórico Español. Además, se le impone una multa de 52,4 millones de euros, el doble de la tasación de la obra pictórica y, en caso de impago, de dos meses de privación de libertad. Botín ha sido también condenado a pagar las costas procesales, incluidas las de la Abogacía del Estado.
El Estado se queda el cuadroEl empresario ha defendido siempre que no se trataba de contrabando pues el cuadro "fue pintado en el extranjero" y allí habría tenido "su domicilio permanente", a bordo del Alix.
Lo cierto es que Cabeza de mujer fue adquirido por Botín en la galería Marlborough Fine Art Ltd de Londres en 1977, pero el cuadro no fue elaborado allí. Pablo Picasso lo pintó hace más de un siglo en Gósol, un pueblo leridano que entonces no llegaba a los 800 habitantes, en la primavera de 1906.
La Junta de Calificación, Valoración y Exportación de bienes del Patrimonio Histórico Español aseguró en diciembre de 2013 que no existe una "obra semejante" en España por ser de las pocas que se conservan de la llamada "etapa Gósol". Con tales datos, la Audiencia Nacional confirmó hace cuatro años "que se trataba de un Bien de Interés Cultural que en ningún caso podía salir de España".
Botín conocía perfectamente el valor histórico del cuadro, por eso lo habría ocultado en su lujoso velero Alix con la ayuda de su capitán y se dirigía con él a Córcega, lugar desde donde tenía planeado volar hasta Ginebra.
Previamente, el acusado había intentado vender Cabeza de mujer a la prestigiosa casa de subastas Christie's, que lo pensaba sacar a la puja en su sede de Londres en febrero de 2013. Sin embargo, Botín necesitaba una licencia de exportación y, ante la imposibilidad de que el Ministerio de Cultura se la concediese, decidió dar un paseo marítimo a bordo del Alix y acompañado de la obra millonaria.
Por todo el periplo, la Fiscalía pedía hasta cuatro años de cárcel y una multa de 100 millones de euros que se ha resuelto este jueves con un año y medio de prisión y menos de la mitad de la sanción monetaria.
Además, el Supremo confirmó en junio otra multa de 300.000 euros por ocultar en Suiza acciones de Bankinter tras una acusación de delito fiscal.