Si hay riesgo de contagio en el centro de trabajo, "las empresas deberán proceder a paralizar la actividad laboral". Así lo indica el Ministerio de Trabajo en una guía laboral sobre cómo actuar ante la epidemia de coronavirus, que en la actualidad cuenta con unos 200 contagiados en España. El Gobierno recuerda que se debe suspender la actividad ante el riesgo de contagio, aunque las compañías pueden activar medidas que permitan trabajar de forma alternativa y segura.
El Ministerio de Trabajo ha publicado esta tarde el documento, que pretende "facilitar la información necesaria sobre la aplicación de la normativa laboral en relación con las diferentes situaciones en las que pueden encontrarse las empresas y las personas trabajadoras".
Trabajo recuerda que las empresas "pueden adoptar medidas organizativas o preventivas que, de manera temporal, eviten situaciones de contacto social, sin necesidad de paralizar su actividad". Pero hay situaciones, como la del riesgo de contagio de las plantillas en sus puestos, en las que el cierre de los centros de trabajo es inevitable dada la legislación de prevención de riesgos laborales.
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