El Gobierno ha elevado de 9 a 11 horas el límite máximo de conducción diaria para los transportistas de mercancías y ha reducido su descanso diario mínimo de 11 a 9 horas en lo que reste de estado de alarma por el coronavirus y en desplazamientos dentro del territorio nacional.
En una resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se permite además modificar la forma de disfrutar los descansos semanales, así como hacerlos dentro del vehículo, siempre y cuando vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.
En el caso del transporte discrecional de viajeros que desarrolle su actividad en el sector agrícola, se reduce igualmente el descanso diario de 11 a 9 horas.