El pasado sábado 2 de mayo el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó una resolución del Ministerio de la Presidencia con instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el empadronamiento. Incluye modificaciones respecto a la anterior orden sobre este asunto, de marzo de 2015.
En concreto, obedece una sentencia de la Audiencia Nacional, que admitió una demanda de Cáritas por la que se establece que los menores de 14 años extranjeros no tienen que presentar para empadronarse una documentación distinta a los menores españoles. Por lo tanto, a partir de ahora podrán empadronarse solo con el libro de familia, o aportando solo el certificado de nacimiento, y ya no será necesario un pasaporte o NIE, como se les venía exigiendo.
En otros puntos, la orden permanece exactamente igual que en 2015. Es el caso por ejemplo del párrafo que ha servido para que una serie de medios y portavoces políticos aseguren que el Gobierno va a permitir a partir de ahora que los "okupas" puedan empadronarse para así acceder a la renta mínima que se ha aprobado en el contexto de la crisis económica provocada por el coronavirus.
Admitir empadronarse en casas okupadas, chabolas, cuevas, e incluso en ausencia total de techo, y considerarlo como “domicilio válido” en el padrón es otro nuevo disparate de la ingeniera socialcomunistaObjetivo: darles una subvención Otro disparate en el BOE y sin control
— Rafael Hernando (@Rafa_Hernando) May 5, 2020En realidad, esta opción, que tiene que ver con el derecho a estar empadronado y poder acceder a determinados servicios sociales, así como con el hecho de que los servicios sociales quieren tener a las personas localizadas aunque no tengan un techo, proviene de una orden de 2015. Entonces gobernaba el partido del político Rafael Hernando, que sin embargo achacaba en Twitter este "disparate" a la "ingeniería socialcomunista".
El punto 3.3 de la antigua orden y de la que se acaba de publicar, referido al empadronamiento en infraviviendas y de personas sin domicilio permanece inalterado en ambos textos, como se puede comprobar fácilmente en los enlaces anteriores a los dos BOE.
En concreto, se señala que las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el padrón. "Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de su constancia en el padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa dirección", afirma la orden.
En estas condiciones, la dirección del empadronamiento será la que señalen los servicios sociales: la dirección del propio servicio, la del albergue municipal, la del punto geográfico concreto donde ese vecino suela pernoctar, etc. Es decir, que es el criterio de los servicios sociales el que determinará la oportunidad de empadronar y dónde a quien resida en una vivienda de estas características, o en ausencia de ella.
La vía habitual para el empadronamiento es contar con un domicilio habitual con documentación (contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda, o certificado del titular de la misma). También existe la opción de no tener domicilio habitual, como en los casos señalados anteriormente, y ahí debe uno dirigirse a los servicios sociales de cada ayuntamiento, como explica por ejemplo la web del Ayuntamiento de Madrid.
La tercera opción, que es donde entraría el caso de la "okupación", es tener domicilio habitual sin documentación de la vivienda que lo certifique. En este caso, que no aparece desarrollado como tal en la orden ministerial, si se quiere obtener el padrón, el Ayuntamiento o los servicios sociales deberán verificar esa residencia y expedir una documentación que lo certifique. En cualquier caso es necesaria un documento que vincule de algún modo a esa morada, como explican las propias web de apoyo a la okupación.