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Tirón de orejas de Bruselas a España por discriminar a los interinos

Tirón de orejas de Bruselas a España por discriminar a los interinos

La Comisión Europea envía una segunda carta de emplazamiento en la que pide cambios en la legislación para acabar con diferencias entre los empleados temporales y los funcionarios en asuntos como los permisos o las vacaciones

La justicia europea avala que los interinos pasen a ser fijos sin convertirse en funcionarios

Nuevo tirón de orejas de la UE a España por la discriminación del personal temporal del sector público. La Comisión Europea ha dado un paso más en el procedimiento de infracción por la discriminación que sufren los interinos, en temas como el derecho a vacaciones o permisos, respecto al personal fijo del sector público al enviar una segunda carta de emplazamiento en la que exige cambios en la legislación española para paliar esa situación antes de seguir adelante con el procedimiento, que puede acabar en el Tribunal de Justicia de la UE e incluso en una multa.

La Comisión Europea reconoce que España ha acometido reformas que han mejorado la situación desde que incóo el procedimiento de infracción en el año 2014 por la discriminación de los interinos. Sin embargo, considera que no son suficientes y que “persisten los problemas de discriminación” a los empleados con contratos de duración determinada en el sector público en comparación con los empleados fijos.

“En su segunda carta de emplazamiento adicional, la Comisión aborda las diferencias de trato en relación con el cálculo de la antigüedad, el derecho a algunos tipos de permisos o el acceso a las trayectorias profesionales”, señala el gobierno comunitario en un comunicado.

La Comisión Europea da un plazo de dos meses a España para subsanar las deficiencias en la trasposición a la legislación nacional de una directiva de 1999 que prohíbe la discriminación contra trabajadores con contratos de duración determinada. De no ser así, se reserva la posibilidad de seguir avanzando en el procedimiento, que pasaría por el envío de un dictamen motivado, que es el ultimátum antes de acudir a la justicia europea.

La batalla de los interinos se juega en buena medida en la UE. Además del procedimiento de infracción iniciado hace una década y que ahora tiene sus coletazos por las deficiencias detectadas, la justicia europea ha dado un varapalo a España por el tratamiento a los trabajadores temporales de la administración. En concreto, la sentencia avala que los interinos de larga duración pasen a ser fijos sin que sean considerados funcionarios con la intención de limitar la posición de abuso de la administración. 

Más poder a la CNMC para vigilar a las plataformas digitales

Otro de los procedimientos que ha iniciado Bruselas tiene que ver con la Ley de Servicios Digitales, una de las normas que entró en vigor este mandato para adecuar la vida digital a las reglas de la vida offline. En concreto, apremia a España y otros cinco países (Bélgica, Croacia, Luxemburgo, Holanda y Suecia) a designar o facultar correctamente a los supervisores de las plataformas digitales.

“Estos Estados miembros o bien no designaron a las autoridades competentes, los denominados Coordinadores de Servicios Digitales, para aplicar la Ley de Servicios Digitales, o bien no facultaron a estas autoridades para llevar a cabo las tareas exigidas por la Ley, o ambas cosas”, señala la Comisión Europea en un comunicado. La ley daba de plazo hasta el 17 de febrero para que los estados miembros designaran esa figura, que en España representará la CNMC, por lo que el apercibimiento tiene que ver con dotarle de los poderes necesarios para ejercer su rol.

“Los Coordinadores de Servicios Digitales supervisan a los intermediarios online (como las plataformas) establecidos en sus territorios y son el primer punto de contacto para que las personas y las empresas resuelvan las reclamaciones relacionadas con ellos”, agrega Bruselas, que explica que los países apercibidos tienen dos meses para responder y subsanar las defciencias antes de seguir adelante con el procedimiento de infracción.

Otro de los expedientes a los que se enfrenta España tiene que ver con no haber aprobado las últimas normas de reestructuración bancaria, en concreto sobre la capacidad de absorción de pérdidas de bancos sistémicos de escala global. En particular, critica que no hayan trasladado completamente a sus legislaciones nacionales las últimas enmiendas aprobadas sobre la directiva europea de recuperación y resolución bancaria (BRRD, por sus siglas en inglés), relacionadas con el tratamiento prudencial de instituciones financieras con importancia sistémica a nivel global y la capacidad de absorción de pérdidas y recapitalización de grupos bancarios, informa la Agencia EFE.

Estos cambios, destacó la Comisión Europea, son “importantes” para “garantizar una alineación total en la UE con los estándares del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) y ”necesarios“ para que los grandes bancos reflejen fielmente la exposición que tienen a sus propias filiales con sede en terceros países, de forma que puedan afrontar en mejores condiciones futuras crisis financieras.

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