El sindicato CSIF, que defendió a este empleado del Ayuntamiento de Barcelona, destaca que se trata de "la primera sentencia" en España que reconoce que el nuevo permiso parental sea retribuido
Bruselas abre un expediente a España por no retribuir el permiso parental de cuidado a menores
Una jueza ha reconocido el pago del nuevo permiso parental de ocho semanas a un trabajador en una sentencia “pionera”, celebra el sindicato CSIF, que ha defendido al trabajador, empleado público del Ayuntamiento de Barcelona.
El demandante solicitó un permiso parental retribuido para el cuidado de un hijo menor de 8 años y lo disfrutó entre octubre y diciembre de 2023, explica el sindicato. “Inicialmente, el Ayuntamiento consideró el permiso como retribuido, pero posteriormente cambió su postura y lo declaró como no retribuido, dando lugar a la reclamación judicial”, detalla.
La magistrada que ha estudiado el caso, del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona, considera que este nuevo permiso parental de ocho semanas incorporado al artículo 49 del EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público) “debe ser retribuido, como en general lo son otros permisos” que se incluyen en este artículo, aunque este no establezca “expresamente tal carácter” remunerado.
Aplica directamente la normativa europeaLa sentencia, que ha adelantado El País, destaca el carácter vinculante de la normativa europea y, en concreto en este caso, la Directiva 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional.
Esta establece, respecto este permiso de cuidados, que “el Estado miembro o los interlocutores sociales definirán dicha remuneración o prestación económica, y lo harán de manera que se facilite el que ambos progenitores puedan disfrutar el permiso parental”. Sin embargo, el Gobierno no ha reconocido todavía el pago de este nuevo permiso, como reclamaban los sindicatos.
Desde los Ministerios de Derechos Sociales y Trabajo, carteras en manos de Sumar dentro del Ejecutivo de coalición, se ha prometido en varias ocasiones esta remuneración, pero por el momento no ha salido adelante. En una reciente entrevista en elDiario.es, el ministro Pablo Bustinduy destacaba que la aprobación de la reforma fiscal genera el “margen fiscal suficiente para que los Presupuestos sean lo más ambiciosos y redistributivos posibles” e incluyan este pago.
“Ambas medidas [junto al permiso de maternidad y paternidad de 20 semanas] tienen que ver la luz, son esenciales para mejorar las condiciones de conciliación de las familias en España”, afirmó Bustinduy.
La magistrada que ha estudiado la denuncia de este trabajador público subraya que las disposiciones de la normativa europea “son incondicionales, suficientemente claras y precisas y atribuyen derechos a los particulares”, por lo que reconoce el carácter remunerado del permiso.
“Además, es innegable que el Estado Español no ha traspuesto la directiva antes del plazo correspondiente”, destaca la jueza. La Comisión Europea ha dado de hecho el primer paso para iniciar un procedimiento de infracción contra España por no haber traspuesto esta normativa.
Reconoce 4.000 euros al trabajadorLa sentencia reconoce el derecho al pago del permiso, que en este caso supone el abono de 4.000 euros al trabajador del Ayuntamiento de Barcelona, más intereses. El fallo es recurrible por parte del Consistorio.
CSIF celebra “esta sentencia pionera, aunque sea en primera instancia, y promoverá reclamaciones similares en otros ámbitos de las administraciones públicas para que la justicia cree jurisprudencia sobre esta cuestión”, ha anunciado en una nota de prensa.
“Entendemos que el Gobierno debe adoptar sin más demora la directiva con carácter retributivo. No se entiende que un Gobierno que ha venido abanderando públicamente el reconocimiento de los derechos para las personas trabajadoras en materia de conciliación, restrinja el disfrute del permiso parental”, añade el sindicato.