El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 1 de mayo publica la orden ministerial que concreta las condiciones por las que se pueden pedir pedir los créditos habilitados por el decreto de ayudas a inquilinos vulnerables para el pago de sus rentas del alquiler a partir de la semana que comienza el lunes 4 de mayo.
Los préstamos, avalados y subvencionados por el Estado, se formalizarán mediante un contrato de préstamo entre la entidad de crédito y el inquilino, y el banco abonará las mensualidades directamente a la persona o entidad propietaria de la vivienda.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha establecido un límite de 5.400 euros de crédito a repartir en seis mensualidades de un máximo de 900 euros.