El transporte público de viajeros en el interior del país por carretera, ferroviario, aéreo y marítimo se reducirá al menos un 50 %, a excepción del servicio de Cercanías y del resto de transportes de competencia autonómica y municipal, es decir, Metro y autobuses urbanos e interurbanos.
Según el real decreto que declara el estado de alarma por la crisis del coronavirus, dichas medidas y porcentajes podrán ser modificados por el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), que podrá establecer condiciones específicas al respecto.
En el caso de los servicios de transporte público de competencia autonómica o local, el ministro y las autoridades de la administración correspondiente podrán fijar un porcentaje de reducción u otras condiciones específicas, si la situación sanitaria lo aconseja, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a su puesto de trabajo y a los servicios básicos.
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