La venta de un alimento por debajo de los costes de producción (venta a pérdidas) será sancionada con un máximo de 100.000 euros y un mínimo de 3.001 euros, según la modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria que prohíbe esta práctica, reclamada ampliamente por el sector primario.
Lo ha detallado este martes el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, tras la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, momento en el que ha detallado que vender a pérdidas se tipifica como infracción grave y, si es una práctica reiterada, "puede pasar a muy grave", es decir, entre 100.001 y un millón de euros.
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