Importante sentencia sobre el registro obligatorio de la jornada laboral, en vigor desde el pasado mayo. La Audiencia Nacional respalda en una sentencia conocida este martes, adelantada por Cinco Días, que una empresa descuente de la jornada laboral de sus trabajadores el tiempo que dedican a desayunar, tomar un café y fumar un cigarrillo, aunque antes no se vinieran restando estas pausas de su tiempo de trabajo efectivo.
En una sentencia fechada el pasado 12 de diciembre, que ha consultado eldiario.es (descargable aquí en pdf), la sala de lo Social de la Audiencia Nacional desestima así una demanda presentada por CCOO frente al registro de jornada impuesto por la empresa Galp, tras no llegar a un acuerdo sobre el control horario con la representación de los trabajadores.